Aguinaldo: Pago y Retención.


 Como bien se sabe, en México todos los empleados disfrutan de una gratificación anual, prevista en la Ley Federal del trabajo como una prestación obligatoria conocida como aguinaldo. Por ley el mínimo de días pagables por este concepto es de 15 días. Los cuales se deberán de pagar antes del 20 de diciembre.

Al ser una prestación calculada de manera anual, con fecha de corte al último día del ejercicio fiscal, en este caso del 31 de diciembre del 2021, a los empleados se pagarán en proporción a sus días efectivamente laborados durante el año. 

Como ejemplo: 

El factor para cálculo de aguinaldo, lo obtenemos dividiendo los 15 días sobre los 365 días naturales del año 15/365=0.04109

Este factor vamos a multiplicarlo por los días efectivamente trabajados 250*0.04109=10.2725

El resultado de los días correspondientes para pago del empleado, los cuales se deberán multiplicar por su sueldo diario.



Para efectos de Retención sobre ISR:


Acorde con la Ley del ISR Art. 93 XIV se nos permite exentar 30 veces la UMA del monto a pagar por aguinaldo $2,688.6 pesos, de la base gravable mensual percibida por el trabajador. El excedente de esa cantidad suma a los ingresos mensuales, así podemos aplicar la tabla mensual correctamente.



Fuentes



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