Permiso COVID-19 del IMSS
El IMSS puntualizó en que el servicio está dirigido única y exclusivamente para trabajadores asegurados ante el Instituto de manera directa en el Régimen Obligatorio y que el tipo de modalidad otorgue las prestaciones en dinero, por lo que las personas inscritas en el Seguro Facultativo, el Seguro de Salud para la Familia y la Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio no podrán obtenerlo.
El Permiso COVID-19 está disponible para los trabajadores con sintomatología de coronavirus, o asintomáticos que cuentan con una prueba de laboratorio con resultado positivo, y para tramitarlo tienen que llenar un cuestionario ya sea en la aplicación IMSS Digital o el sitio web (http://www.imss.gob.mx/covid-19/permiso) donde deberán ingresar datos como: CURP, NSS, Código Postal. al momento de llenar el cuestionario, determinan los días de incapacidad.
Una vez se ingrese la información, se dará clic en “Iniciar” para responder los cuestionarios de síntomas, vacunación y padecimientos preexistentes y se ingresará información como número telefónico de contacto y si cuenta con prueba de enfermedad respiratoria.
Finalmente, se ingresará un correo electrónico y cuenta CLABE interbancaria para recibir el pago correspondiente, y una vez se obtenga el Permiso COVID-19, se deberá notificar al patrón para justificar la ausencia en el centro laboral, y en caso de desarrollar síntomas más graves o molestias durante la incapacidad, los trabajadores deberán acudir a atención médica o llamar a la línea de Orientación Médica Telefónica al 800 2222 668.
El Permiso COVID-19 otorga al trabajador un subsidio económico correspondiente al 60 por ciento de su salario a partir del cuarto día de incapacidad; esta entra en el rubro de enfermedad general.
También deberás adjuntar los siguientes documentos para obtener el Permiso COVID-19:
- Identificación oficial vigente: credencial para votar expedida por el INE o IFE, o pasaporte expedido por la SRE. Deberás cargar la imagen completa del documento por ambos lados y legible.
- Estado de cuenta bancario: debe contener el nombre del solicitante y la CLABE interbancaria (18 dígitos numerales), y que no sea mayor a 3 meses. Solo envía la hoja frontal donde se encuentran los datos, no es necesario que envíes todas las páginas.
- Fotografía: debe ser de frente con luz suficiente, bien enfocada y que coincida con la identificación oficial (no se aceptarán fotografías de otra fotografía o identificación).
- Visa de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas.
- Visa de residencia temporal con permiso para realizar actividades remuneradas.
- Visa de residente temporal estudiante con permiso para realizar actividades remuneradas.
- Visa de residencia permanente.
IMPORTANTE: El permiso se puede solicitar solo una vez al año de manera remota, y en caso de persistir con síntomas después de 7 días se deberá solicitar que se extienda el mismo en la aplicación, de igual forma no hay un limite de solicitudes al año, solo a partir de la segunda se tendrá que acudir directamente a la clínica correspondiente para una valoración médica.
Por: L.C Isabel Aceves
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