Las diferentes tasas del Impuesto al Valor Agregado (IVA)

 

El Impuesto al Valor Agregado es una obligación que se aplica en México desde 1978. Este impuesto se carga al momento de adquirir algún bien o servicio. Actualmente equivale al 16% en la mayor parte del país, mientras que equivale al 8% en la frontera. 

El IVA es un impuesto indirecto que es aplicable a todos los contribuyentes mexicanos, sin importar su régimen fiscal o la capacidad económica que tengan, y su tasa se calcula sobre el consumo de servicios y productos, las transacciones comerciales e importaciones. Además, este es un impuesto que los contribuyentes deben declarar de forma mensual y definitiva ante el SAT.


Clasificación del Impuesto al Valor Agregado (IVA)


1. El porcentaje del IVA tiene una tasa general del 16% aplicable a la mayoría de los actos. (Artículo 1 LIVA)

Enajenación de bienes.

Prestaciones de servicios independientes.

Otorgamientos de uso o goce temporal de bienes.

Importación de bienes o servicios.



2. Tasa del 0% para algunos actos específicos y para el tratamiento exento o bienes excluidos, como enajenaciones de terrenos y casas habitación. (Artículo 2A LIVA).

Libros, revistas y periódicos.

Joyería, oro, orfebrería, piezas ornamentales y artísticas.                                                                   

Venta de animales y vegetales que no hayan sido industrializados (excepto el hule).

Venta de medicamentos de patente y productos destinados a la alimentación (exceptuando                     néctares y jugos).

Venta de hielo y agua natural (no gaseosos ni compuestos).

Invernaderos para cultivos.

Ixtle, lechuguilla y palma.

Caviar, salmón ahumado y angulas.

Herbicidas, plaguicidas, fertilizantes y fungicidas para uso de ganadería y agricultura.


3. Tasa exenta de IVA son aquellas en las que no están sometidas a impuesto. (Artículo 9 LIVA)

Bienes y servicios exentos de IVA

Cerdo

Arroz excepto el de uso industrial

Leche y nata

Aguas minerales

Queso, requesón, y lacto suero

Papas

Huevos de gallina y otras aves

Tomate

Caucho natural

Fertilizantes

Maquinaria agrícola















Actividades Exentos de IVA

Venta de casa-habitación.
Construcciones adheridas al suelo, destinadas a casa-habitación
Transporte público terrestre de personas.
Servicios de enseñanza.
Arrendamiento de inmuebles destinados o utilizados para casa-habitación.


La tasa del 0% de IVA no es igual a la exención.

Es probable que exista confusión en este sentido, por eso cabe señalar que, si bien los actos, actividades y productos enlistados anteriormente no se ven obligados a pagar IVA en México, no hay que confundirse con la exención del IVA, ya que la diferencia es que, aunque la tasa sea 0%, los contribuyentes tendrán la misma obligación de declaración mensual y serán acreedores a devolución de IVA, mientras que los actos exentos de IVA no se ven en la obligación de declarar, ni tampoco pueden recibir devoluciones.


4. También existe una tasa de IVA especial para la Franja Fronteriza, equivalente al 8%. (Estímulo Fiscal - Resolución Miscelánea Fiscal vigente 2021, Reglas 11.9.2., 11.9.13. y 11.9.14).




Todo aquellos actos o actividades de enajenación de bienes, prestación de servicios independientes u otorgamiento del uso o goce temporal de bienes en locales o establecimientos ubicados dentro de la región fronteriza.




Por: Guadalupe Diaz

Fuente: (LIVA, ART. 1, 2A, 9A)

Resolución Miscelánea Fiscal vigente, Reglas 11.9.2., 11.9.13. y 11.9.14 

Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, artículo Décimo Segundo




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